Tablón de anuncios
Banco Alcalá, SA pone a su disposición la posibilidad de consultar las tarifas máximas de comisiones y gastos repercutibles que se van a aplicar en las diferentes operaciones, sujetas a la normativa del Banco de España.
Documento Informativo de las Comisiones
Folleto de tarifas en mercado de valores
Declaración obligatoria de tipos de operaciones de activos
Normativa sobre transparencia de las operaciones y protección del cliente
La normativa que regula la transparencia de las operaciones bancarias y la protección a la clientela está contenida en las siguientes disposiciones:
- Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios (BOE n.º 261, de 29 de octubre de 2011).
- Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo (BOE n.º 151, de 25 de junio de 2011).
- Orden EHA/1608/2010, de 14 de junio, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago (BOE n.º 148, de 18 de junio de 2010).
- Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago (BOE n.º 275, de 14 de noviembre de 2009).
- Real decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión, en materia de tarifas y contratos-tipo (BOE n.º 152, de 23 de junio de 2010).
- Orden de 16 de noviembre de 2000, de desarrollo de la Ley 9/1999, de 12 de abril, por la que se regula el régimen jurídico de las transferencias entre estados miembros de la Unión Europea, así como otras disposiciones en materia de gestión de transferencias en general (BOE n.º 287, de 25 de noviembre de 2000).
- Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.
- Circular 2/2019, de 29 de marzo, del Banco de España, sobre los requisitos del Documento Informativo de las Comisiones y del Estado de Comisiones, y los sitios web de comparación de cuentas de pago, y que modifica la Circular 5/2012, de 27 de junio, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.
Otra documentación de interés
Existe a disposición del público, para su consulta, la siguiente documentación:
- Folleto informativo sobre préstamos hipotecarios.
- Contrato-tipo de los servicios prestados por el Banco.
- Recepción y transmisión de órdenes sobre instrumentos financieros.
- Ejecución de órdenes sobre instrumentos financieros.
- Negociación por cuenta propia.
- Colocación de instrumentos financieros.
- Gestión discrecional de carteras.
- Asesoramiento en materia de inversión.
- Administración y custodia de instrumentos financieros por cuenta de clientes.
Para la atención y la resolución de las quejas y reclamaciones de los clientes, el Grupo Banco Alcalá cuenta con su Servicio de Atención al Cliente, al que deberán acudir con carácter previo a la formulación de reclamaciones ante el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores o la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones.Los datos de contacto son los siguientes:
Servicio de atención al cliente
Calle Ortega y Gasset, 7, 4ª. planta
28006 Madrid
Tel.: 91 175 07 00
E-mail: atencionalcliente@creand.es
“De conformidad con el artículo 9.1 b) de la Orden ECO7734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, la Entidad tiene la obligación de atender y resolver las quejas y reclamaciones presentadas por sus clientes, en el plazo de dos meses desde su presentación en el Servicio de Atención al Cliente, o en cualquier oficina abierta al público de la Entidad, así como a través de las direcciones de correo postal y electrónico habilitadas al efecto.”
Una vez agotada la vía del Servicio de Atención al Cliente del Banco, se podrán formular quejas y reclamaciones bien ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, bien ante el Servicio de Reclamaciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores o bien ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, según la naturaleza y el origen de la actuación que dé lugar a la queja o reclamación. Los datos de contacto son los siguientes:
Banco de España
Servicio de Reclamaciones
Calle Alcalá, 48
28014 Madrid
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Servicio de Reclamaciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
Calle Edison, 4
28006 Madrid
Tel.: 902 149 200
E-mail: inversores@cnmv.es
Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones
Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
Paseo de la Castellana, 44
28046 Madrid
Política retributiva de Gesalcalá, SGIIC, S.A.U
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 s) del Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, se adjunta información detallada de la política retributiva de Gesalcalá, SGIIC, S.A.U
Información de depositario
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 t) del Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, se adjunta información detallada de las Entidades de depositaría de las IICs gestionadas por Gesalcalá, SGIIC, S.A.U.
Mediante el presente, se pone en conocimiento general que el Consejo de Administración de GESALCALÁ, S.G.I.I.C., S.A.U. (en adelante, la “Entidad”), ha acordado, en la reunión celebrada en fecha 27 de abril de 2021, modificar la página web corporativa de la Entidad, cuya dirección URL/sitio web será, en adelante, el que se indica a continuación:
El referido acuerdo del Consejo de Administración de la Entidad ha sido adoptado al amparo de cuanto previsto en el artículo 11.bis del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, a cuyos efectos se realiza la presente publicación, que será mantenida durante los siguientes 30 días.
Madrid, a 27 de abril de 2021.
Mediante el presente, se pone en conocimiento general que el Consejo de Administración de BANCO ALCALÁ, S.A. (en adelante, el “Banco”), ha acordado, en la reunión celebrada en fecha 26 de abril de 2021, modificar la página web corporativa del Banco, cuya dirección URL/sitio web será, en adelante, el que se indica a continuación:
El referido acuerdo del Consejo de Administración del Banco ha sido adoptado al amparo de cuanto previsto en el artículo 11.bis del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, a cuyos efectos se realiza la presente publicación, que será mantenida durante los siguientes 30 días.
Madrid, a 27 de abril de 2021.
Mediante la presente nota informativa ponemos en conocimiento de los clientes de BANCO ALCALÁ, S.A. que, de conformidad con cuanto previsto en la Orden ECC/2314/2015, de 20 de octubre, el próximo día 6 de mayo de 2016 entrará en funcionamiento el Fichero de Titularidades Financieras creado al amparo del artículo 43 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo.
En este sentido, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53.1 del Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, BANCO ALCALÁ, S.A. procede a informar a los titulares, representantes y autorizados de la cesión de sus datos al referido Fichero.